INSTITUTO NACIONAL DE GESTIÓN SANITARIA

Las 35 horas reducen en más de un mes la Jornada anual de la plantilla del INGESA

Se reduce la jornada anual de toda la plantilla en 112 horas, de 1.645 a 1.533 horas anuales, a partir del 1 de junio.

2026 May 21

  • Además, el INGESA otorga un permiso retribuido de siete horas a toda la plantilla, lo que se traduce en que la jornada anual real inicial baja hasta las 1.526 horas. Es decir, 119 horas menos al año, o, lo que es lo mismo, casi un mes menos de trabajo. 
  • Además, la jornada de trabajo es aún menor para las personas que trabajan a turnos: la disminución de horas puede ser de hasta 225 menos respecto a las actuales 1.645 anuales, es decir, supera el mes y medio menos de trabajo al año. 
  • Además, la jornada de trabajo es aún menor para las personas que acumulan experiencia en el INGESA: los denominados “canosos” y días adicionales de vacaciones por antigüedad se computarán como trabajados.
  • El INGESA ha querido que la plantilla se beneficie de la nueva jornada lo antes posible tras la publicación en el BOE de la norma estatal que la establecía, el pasado 15 de abril: se implantará el 01 de junio de 2026, primer día del primer mes hábil. 
  • Mientras, Cataluña implanta por fases la Jornada de 35 horas de promedio semanal y los servicios de salud de Madrid y la Comunidad Valenciana continúan con jornadas de 37,5 horas.
  • Las retribuciones económicas se mantienen pese a la reducción de la jornada de trabajo, lo que en la práctica implica un incremento de la retribución por hora y de los conceptos salariales asociados a la hora efectiva de trabajo.

El Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (INGESA) aplicará la nueva jornada de 35 horas semanales a partir del 1 de junio a toda su plantilla de los centros e instituciones sanitarias de Ceuta, Melilla y Comunidad Valenciana. 

La resolución a través de la cual se aplicará este nuevo horario ya ha sido publicada, tras ser explicada en la Mesa Sectorial de negociación celebrada el pasado 12 de mayo. 

La nueva normativa aportará ventajas evidentes a la plantilla del INGESA, cuyo interés ha sido su puesta en marcha lo antes posible tras los trámites legales indispensables.

La nueva Resolución que regula la Jornada de 35 horas aporta más derechos al personal del INGESA, además de reducir notablemente su jornada anual de trabajo sin restar ni un euro a sus retribuciones.

1.- REDUCCIÓN DE LA JORNADA LABORAL PARA TODA LA PLANTILLA

  • Se reduce la jornada anual de toda la plantilla en 112 horas, de 1.645 a 1.533 horas anuales, a partir del 1 de junio. 
  • Además, el INGESA otorga un permiso retribuido de siete horas a toda la plantilla, lo que se traduce en que la jornada anual real inicial baja hasta las 1.526 horas. Es decir, 119 horas menos al año, o, lo que es lo mismo, casi un mes menos de trabajo. 
  • Además, la jornada de trabajo es aún menor para las personas que trabajan a turnos: la disminución de horas puede ser de hasta 225 menos respecto a las actuales 1.645 anuales, es decir, hasta 1.420 horas: más de mes y medio menos de trabajo al año. 
  • Además, la jornada de trabajo es aún menor para las personas que acumulan experiencia en el INGESA: los denominados “canosos” y días adicionales de vacaciones por antigüedad se computarán como trabajados.

2.- PONDERACIÓN DE NOCHES

  • Las noches se ponderarán igual que el Servicio Andaluz de Salud, con un factor de 1,119, pudiendo reducir la Jornada hasta 1.420 horas/año.

3.- 061 y SUAP 

  • No siendo legalmente posible la modificación, en este momento, de las condiciones de jornada del personal de los servicios de Emergencia (061) y Urgencias de Atención Primaria (SUAP), se trabaja en la inminente modificación y actualización de su normativa actual, que data de 2007.

4.- VACACIONES 

  • Pese el cambio de normativa, para evitar perjuicios a la plantilla y a la organización de los servicios, se mantendrá el calendario vacacional ya establecido para el año en curso. Se garantiza el derecho a disfrutar vacaciones laborales coincidiendo con el periodo de vacaciones escolares, así como en periodos inferiores de hasta cinco días hábiles.

5.- NUEVOS DERECHOS FLEXIBILIDAD HORARIA 

  • Se reconocen nuevos derechos en materia de permisos de formación, vacaciones, flexibilidad horaria para el personal con horario fijo y conciliación de la vida familiar y laboral. Así, se puede solicitar la constitución de una bolsa de horas equivalente hasta el 5% de la jornada anual correspondiente para el cuidado de menores, mayores o personas dependientes en los casos legalmente establecidos.

    Esto se suma a las posibilidades, ya previstas actualmente, de situarse en situación de excedencia o de reducción de jornada.

6.- 24 Y 31 DE DICIEMBRE 

  • Continuarán siendo retribuidos como festivos especiales, obviamente para las personas que deban trabajar en tan señaladas fechas. Se pone fin así a la discriminación actual en el caso de que algunos centros de Atención Primaria no abran sus puertas tales días.

LA NUEVA JORNADA DE 35 HORAS SE APLICARÁ EN LA PRIMERA FECHA POSIBLE

La nueva Jornada se aplicará desde el 1 de junio de 2026, primer mes hábil en el que es posible hacerlo.

El INGESA ha querido que la nueva jornada entre en vigor lo antes posible tras la publicación en el BOE del pasado 15 de abril de la Resolución de 14 de abril de 2026, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se dictan instrucciones sobre jornada y horarios de trabajo del personal al servicio de la Administración General del Estado y sus organismos públicos

Dicha Resolución, sobre la base del previo Acuerdo de 27 de marzo de la Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado para la implantación de la Jornada de 35 horas en la AGE, ordena la implantación de esta nueva jornada de 35 horas también en el INGESA, con el mandato de adaptar los calendarios laborales a las especificidades propias y las peculiaridades especiales de las organizaciones hospitalarias. 

Su implantación se ha basado en la flexibilidad, la garantía de la continuidad asistencial y el respeto a la turnicidad característica de la organización hospitalaria.

De esta forma, mientras el personal de los centros sanitarios de Ceuta y de Melilla reduce su jornada de trabajo, la Comunidad de Madrid y la Comunidad Valenciana continúan con jornadas de 37,5 horas.

EJEMPLO CONCRETO DE LA DISMINUCIÓN DE JORNADA QUE SUPONEN LAS 35 HORAS

El verdadero efecto de la nueva jornada se aprecia mejor con un ejemplo concreto y real. 

Una trabajadora con 25 años de experiencia, caso muy habitual en Ceuta y Melilla, de quienes pueden tener una edad de entre 45 y 55 años:

  1. Si trabaja en TURNO CENTRAL.

    Si trabaja de mañanas fijas, su nueva jornada anual es de 1.533 horas, a las que hay que restar 7 horas por el nuevo permiso retribuido para toda la plantilla = 1.526 horas.

    Con 25 años de experiencia, puede disfrutar de 3 días adicionales de vacaciones (además de los 22 hábiles que ya disfruta), lo cual significa 21 horas menos de jornada que se computarán como trabajadas a efectos del cumplimiento de la jornada anual debida, la cual queda, en consecuencia, en 1.505 horas.

    Y con 25 años de servicios prestados devenga 8 trienios, lo cual, además de la retribución correspondiente, le permitirá el disfrute de 3 canosos, es decir, la disminución de su jornada anual en otras 21 horas, de forma que dicha jornada resulta ser, real y efectivamente, de 1.484 horas anuales, vacaciones (22 días hábiles) y moscosos (6) aparte.

  2. Si trabaja en TURNO ROTATORIO Mañana-Tarde-Noche.
    Si esa misma persona trabaja a turnos, además de todas las reducciones anteriores, disminuirá también su jornada en función del coeficiente de ponderación nocturno.

    Por ejemplo, si esa misma trabajadora realiza 60 turnos de noche al año, su jornada se reduciría en otras 49 horas. Su jornada anual real sería, en consecuencia, de 1.435 horas anuales, vacaciones (22 días hábiles) y moscosos (6) aparte.

    Por supuesto, si la trabajadora del ejemplo trabaja más noches y/o su experiencia es mayor de 25 años, su jornada será aún inferior.

Para poner todo en su debido contexto, el resto de la ciudadanía que trabaja en sectores privados y sostiene, con sus impuestos, los salarios y la menor jornada de los empleados públicos, parten de una jornada laboral (Estatuto de los Trabajadores) de 1.800 horas anuales, situándose la mayoría de los convenios colectivos sectoriales por encima de las 1.700 horas anuales de trabajo.

35 horas INGESA